
Los magistrados identifican una «infracción de la lex artis» en un caso de negligencia médica
Los magistrados del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) han concluido que el Servizo Galego de Saúde (Sergas) debe indemnizar con más de 1,2 millones de euros, más intereses, a un niño de año y medio que quedó parapléjico debido a una lesión en la médula espinal que no fue detectada a tiempo.
La sentencia emitida el 30 de junio desestima los recursos presentados por el Sergas y la aseguradora XL Insurance, confirmando la decisión del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santiago de Compostela, que dictaminó la responsabilidad de las autoridades sanitarias. La representación legal de la familia del menor corre a cargo del abogado Alfonso Iglesias.
Detalles del caso y negligencia médica
Según la sentencia, el niño sufrió una caída en un parque cercano a Vigo que resultó en fracturas en tres vértebras y un hematoma epidural. A pesar de estos graves daños, la lesión no fue detectada durante dos ingresos en el Hospital Álvaro Cunqueiro, lo que constituye una «infracción de la lex artis» en la práctica médica.
En el primer ingreso, los médicos no identificaron una microfractura en las vértebras que provocó un hematoma epidural y, eventualmente, una lesión medular que dejó al niño parapléjico. La falta de un tratamiento descompresivo oportuno contribuyó al empeoramiento de su condición.
Tras ser trasladado al Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo, el menor permaneció ingresado hasta principios de marzo de 2020, recibiendo atención especializada para su lesión.
Conclusión de los magistrados y responsabilidad médica
Los magistrados del TSXG respaldan la decisión del juzgado de Santiago y los peritos, afirmando que si las fracturas vertebrales hubieran sido detectadas durante el primer ingreso, era crucial extender la hospitalización y realizar una resonancia magnética en lugar de dar de alta al paciente.
Se destaca que, a pesar de mostrar síntomas de deterioro neurológico en su segundo ingreso, el niño no recibió las pruebas diagnósticas y terapéuticas necesarias, lo que evidencia una negligencia médica significativa.
Los magistrados argumentan que si se hubiera realizado una resonancia magnética en el primer ingreso y se hubiera detectado el hematoma a tiempo, se habría evitado la evolución hacia una lesión espinal grave. Por lo tanto, concluyen que la falta de acción médica adecuada constituye una clara «infracción de la lex artis».