Gadisa ha recurrido ante la Audiencia Nacional la multa de 200.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por el tratamiento de datos de usuarios sin su consentimiento. La cadena de distribución argumenta que se trata de una discrepancia de interpretación jurídica.
Según Gadisa, todos los beneficiarios del programa Carné Familiar que recibieron cheques para utilizar en sus establecimientos participaron de forma voluntaria, identificándose en cada compra para acceder a las ventajas. La empresa asegura que en ningún momento se hizo un uso indebido de los datos ni se cedieron a terceros.
La AEPD también multó a la Xunta y confirmó la infracción cometida por Gadisa, al tratar los datos de beneficiarios de un programa de ayudas sin su consentimiento. La Agencia señaló que no se estableció de manera transparente y de mutuo acuerdo las responsabilidades en el tratamiento de datos entre la empresa y la Xunta de Galicia.
Facua-Consumidores en Acción presentó la denuncia contra Gadisa en enero de 2025, tras descubrir que la empresa enviaba cheques regalo a los beneficiarios del programa Carné Familiar con descuentos calculados según sus compras.
Gadisa afirma que el programa se ha desarrollado durante más de 20 años con el objetivo de apoyar a las familias numerosas gallegas. La empresa sostiene que siempre ha actuado de buena fe en beneficio de la comunidad.
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